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Calendario para la declaración de renta 2026

Las personas naturales deberán declarar entre el 12 de agosto y el 26 de octubre, según su NIT ante la Dian.

La Dian fijó los plazos de declaración entre agosto y octubre de 2026

Las personas naturales obligadas a declarar renta por el año gravable 2025 deberán presentar el trámite entre el 12 de agosto y el 26 de octubre de 2026, de acuerdo con el calendario establecido según los dos últimos dígitos de su NIT.

La fecha asignada representa el plazo máximo para presentar la declaración y realizar el pago, cuando haya un impuesto a cargo. Por esa razón, revisar con anticipación el turno correspondiente será determinante para evitar sanciones e intereses derivados de un cumplimiento tardío.

Los vencimientos avanzarán en orden ascendente y por pares. Generalmente, los últimos números del NIT coinciden con los de la cédula cuando el contribuyente no tiene en cuenta el dígito de verificación.

El calendario comenzará con los documentos terminados en 01 y 02, cuyo plazo máximo será el 12 de agosto. Después continuarán progresivamente las demás terminaciones hasta completar el periodo previsto por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).

Calendario de declaración de renta 2026 por número de cédula

Los primeros vencimientos se concentrarán durante la segunda mitad de agosto. Debido a que cada fecha reúne dos terminaciones, los contribuyentes deberán comprobar cuidadosamente los últimos dos números utilizados para identificarse ante la administración tributaria.

Este es el calendario informado para las primeras terminaciones:

  • Cédulas terminadas en 01 y 02: 12 de agosto.
  • Cédulas terminadas en 03 y 04: 13 de agosto.
  • Cédulas terminadas en 05 y 06: 14 de agosto.
  • Cédulas terminadas en 07 y 08: 18 de agosto.
  • Cédulas terminadas en 09 y 10: 19 de agosto.
  • Cédulas terminadas en 11 y 12: 20 de agosto.
  • Cédulas terminadas en 13 y 14: 21 de agosto.
  • Cédulas terminadas en 15 y 16: 24 de agosto.
  • Cédulas terminadas en 17 y 18: 25 de agosto.
  • Cédulas terminadas en 19 y 20: 26 de agosto

Los vencimientos seguirán durante septiembre. Las terminaciones 27 y 28 tendrán plazo hasta el 1 de septiembre; las correspondientes a 29 y 30, hasta el 2; y aquellas que finalizan en 31 y 32, hasta el 3 de septiembre.

La secuencia continuará durante ese mes y las cédulas cuyas terminaciones sean 65 y 66 deberán cumplir, como máximo, el 28 de septiembre. El calendario completo para personas naturales se extenderá hasta el 26 de octubre.

Prepare la documentación antes de declarar

El contribuyente no está obligado a esperar hasta el día asignado. Puede presentar la declaración antes del vencimiento, una alternativa que permite disponer de mayor tiempo para corregir inconsistencias y gestionar el pago si el resultado arroja un impuesto a cargo.

Cumplir después de la fecha máxima puede generar las sanciones e intereses contemplados en la normativa tributaria. El vencimiento cubre tanto la presentación como el pago correspondiente, por lo que completar solamente una parte del proceso puede dejar pendiente la obligación.

Documentos necesarios para declarar renta ante la Dian
Antes de preparar la declaración, cada persona debe establecer si cumple alguno de los criterios que generan la obligación. La revisión comprende sus ingresos, patrimonio, consumos, compras, consignaciones bancarias e inversiones efectuadas durante el año gravable 2025.

Entre los documentos recomendados se encuentran los certificados de ingresos y retenciones. En el caso de los trabajadores, esta información incluye el Formulario 220, que reúne los pagos laborales y las retenciones practicadas durante el periodo correspondiente.
También es necesario recopilar los extractos bancarios con corte al 31 de diciembre de 2025, los certificados de las deudas vigentes y los soportes que permitan determinar el valor patrimonial de bienes como inmuebles y vehículos.

A estos documentos se suman los comprobantes de aportes a salud y pensión, así como los soportes de deducciones, rentas exentas y dependientes económicos. Los movimientos financieros registrados durante el año también deberán considerarse al organizar la información.

Con esos datos, el contribuyente puede ingresar a la sede electrónica de la Dian y utilizar herramientas como el programa Ayuda Renta. Este recurso permite ordenar las cifras y establecer si el resultado genera un impuesto por pagar o un saldo a favor.
La obligación de presentar la declaración no significa automáticamente que la persona deba pagar. El trámite informa su situación económica durante 2025, mientras el resultado depende de variables como ingresos, patrimonio, retenciones, rentas exentas, deducciones y demás circunstancias particulares.

Cómo presentar y pagar la declaración de renta 2026
La declaración deberá diligenciarse y firmarse electrónicamente mediante los servicios digitales de la Dian. Si el cálculo genera un valor a cargo, el contribuyente podrá pagarlo por los canales electrónicos habilitados o acudir a una entidad financiera autorizada.

Quienes opten por el pago presencial necesitarán diligenciar e imprimir dos copias del recibo oficial de pago de impuestos nacionales, correspondiente al Formulario 490. Este documento permite identificar la obligación y registrar correctamente el dinero entregado al sistema tributario.

El pago podrá efectuarse en efectivo, mediante tarjetas, cheque de gerencia, transferencias electrónicas u otros mecanismos aceptados por la respectiva entidad financiera. La disponibilidad de cada alternativa dependerá de los canales habilitados para completar la operación.

Prepárese con anticipación para declarar

Calendario para la declaración de renta 2026

La recomendación central es verificar la terminación correcta del NIT, confirmar si existe obligación de declarar y reunir anticipadamente los soportes. Así será posible preparar las cifras antes de la fecha máxima y reducir el riesgo de inconsistencias o incumplimientos.

Con el inicio del calendario fijado para el 12 de agosto, los primeros llamados serán los contribuyentes con terminaciones 01 y 02. Desde entonces, los turnos avanzarán gradualmente hasta cerrar el 26 de octubre de 2026.

Fuente: Portafolio