El Gobierno de Colombia expidió el Decreto 0240 de 2026, mediante el cual se establecen medidas tributarias extraordinarias para financiar la atención de la emergencia económica, social y ecológica declarada por los impactos de fenómenos climáticos en varias regiones del país.
La norma busca fortalecer el recaudo público y generar recursos inmediatos para atender los efectos de la crisis humanitaria provocada por eventos hidrometeorológicos que han afectado departamentos como Córdoba, Antioquia, La Guajira, Sucre, Bolívar, Cesar, Magdalena y Chocó.
De acuerdo con el decreto, el Presupuesto General de la Nación para 2026 asciende a $546,9 billones, pero los recursos disponibles para atender desastres resultan insuficientes frente a la magnitud de la emergencia.
Ante este escenario, el Gobierno decidió implementar medidas fiscales extraordinarias orientadas a incrementar los ingresos del Estado y facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes.
Nuevos impuestos y ajustes tributarios
Entre las principales medidas adoptadas se destacan:
Impuesto al consumo para apuestas en línea
Se crea un impuesto nacional al consumo del 16% sobre los juegos de suerte y azar operados por internet, aplicable sobre los ingresos brutos del juego.
Impuesto de normalización tributaria
Se establece un impuesto temporal con tarifa del 19% dirigido a contribuyentes que posean activos omitidos o pasivos inexistentes al 1 de abril de 2026.
Ajustes al impuesto al patrimonio
El decreto corrige el alcance del impuesto al patrimonio creado durante la emergencia, incluyendo como sujetos pasivos a establecimientos permanentes y sucursales de sociedades extranjeras, con el fin de garantizar mayor equidad tributaria.
Para estos contribuyentes, el impuesto se genera cuando el patrimonio líquido sea igual o superior a 200.000 UVT, con causación al 31 de marzo de 2026.
Alivios y mecanismos de regularización tributaria
El decreto también introduce mecanismos transitorios para facilitar el pago de obligaciones pendientes y reducir litigios fiscales.
Entre ellos se encuentran:
- Reducción de sanciones e intereses para obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias en mora al 31 de diciembre de 2025.
- Posibilidad de presentar declaraciones omitidas o corregir declaraciones con reducción de sanciones al 15% hasta el 30 de abril de 2026.
- Conciliación de procesos judiciales en materia tributaria ante la DIAN con reducciones de sanciones e intereses.
Estas medidas buscan incentivar el cumplimiento voluntario de obligaciones fiscales y generar ingresos inmediatos para el Estado.
Financiamiento de la emergencia
Las medidas tributarias adoptadas tienen carácter extraordinario y temporal, y están destinadas a financiar la atención de la emergencia declarada mediante el Decreto 150 de 2026.
El Gobierno señaló que los recursos actualmente disponibles para atender desastres ascienden a $668.421 millones, monto que ya se encuentra comprometido y resulta insuficiente para cubrir las necesidades derivadas de la crisis.
En este contexto, las nuevas disposiciones fiscales buscan garantizar la disponibilidad de recursos para la atención humanitaria, la recuperación de infraestructura y la protección de las poblaciones afectadas.
Descarga el decreto en el siguiente link: Decreto 0240
Fuente: Audit & Co. Latam



