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Sanción por retraso en el Anexo de Gastos Personales

El Anexo de Gastos Personales debe presentarse en febrero al Servicio de Rentas Internas (SRI), teniendo en cuenta las fechas límite establecidas por la entidad. 

El calendario de fechas límite para la presentación del Anexo de Gastos Personales al Servicio de Rentas Internas (SRI) comenzó a correr desde este 10 de febrero de 2026, según el noveno dígito de la cédula o RUC del contribuyente. 

Calendario para presentar el Anexo de Gastos Personales

Noveno dígito de cédula o RUC

Fecha límite de entrega

1

10 de febrero

2

12 de febrero

3

14 de febrero

4

17 de febrero

5

18 de febrero

6

20 de febrero

7

24 de febrero

8

24 de febrero

9

26 de febrero

0

28 de febrero

 

Este documento es un reporte de todos los gastos en los que incurrió el contribuyente en 2025, mediante facturas y notas de venta, con ello, podrá acceder a una rebaja en el pago del Impuesto a la Renta (IR) de 2025, que deberá hacer hasta marzo de 2026. 

Las personas naturales que durante 2025 ganaron más de USD 12.081 al año o USD 1.006,7 al mes tendrán que declarar este impuesto. Esto aplica tanto para trabajadores bajo relación de dependencia como para independientes o ‘freelancers’, 

Los gastos personales a considerar en el Anexo, para acceder a la rebaja, corresponden a áreas como educación, alimentación, vestimenta, salud, vivienda, turismo, arte y cultura.

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Multa por presentación tardía

El SRI establece una multa de USD 30 para los contribuyentes que no están obligados a llevar contabilidad. Y de USD 45 para aquellos que sí deben llevar contabilidad. La misma sanción aplica por no presentar el Anexo. 

Las personas obligadas a llevar contabilidad, deben cumplir cualquiera de estos requisitos: 

  • Capital propio superior a USD 180.000.
  •  Ingresos brutos anuales superiores USD 300.000.
  • Costos y gastos anuales superiores a USD 240.000.

Fuente: Primicias