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Anexo de gastos personales debe presentarse desde febrero

Hasta febrero de 2026 y de acuerdo con el noveno dígito de la cédula o del RUC, las personas naturales que se acojan a la rebaja por gastos personales de su Impuesto a la Renta causado deberán presentar el Anexo de Gastos Personales correspondiente al período fiscal 2025. Este trámite también lo tienen que cumplir quienes perciben ingresos en relación de dependencia y quieren acceder a este beneficio.

Para el período fiscal 2025, se considerará como monto máximo para esta rebaja el menor valor obtenido entre los gastos declarados por el contribuyente y el monto de la canasta familiar básica que se calcula según el número de cargas familiares conforme la siguiente tabla:

Fracción básica (USD)

Exceso hasta (USD)

Impuesto fracción básica (USD)

Impuesto fracción excedente (%)

0

12081

–

0%

12081

15387

–

5%

15387

19978

165

10%

19978

26422

624

12%

26422

34770

1398

15%

34770

46089

2650

20%

46089

61359

4914

25%

61359

81817

8731

30%

81817

10881

14869

35%

10881

En adelante

24316

37%

ACL 2

Gastos personales y cargas familiares válidos para la rebaja del IR 2025

Estos son los conceptos de los gastos personales que se pueden considerar en el anexo: educación, alimentación, vestimenta y salud (incluyendo los gastos médicos y de alimentación inherentes a mascotas), así como vivienda, turismo, arte y cultura. A partir del 2025 también se pueden incluir los intereses por préstamos quirografarios y los sueldos y beneficios sociales de empleados que no estén vinculados a actividades económicas del contribuyente, según lo establezca el Art. 10 de la Ley de Régimen Tributario Interno y el Art. 34 de su Reglamento.

Para efectos tributarios, la normativa define como cargas familiares a los padres, al cónyuge o pareja en unión de hecho y a los hijos de hasta 21 años o con discapacidad, sin límite de edad siempre que dependan económicamente del contribuyente y no perciban ingresos gravados superiores a un Salario Básico Unificado, fijado para 2025 en USD 470.

El registro de las cargas familiares y la presentación del anexo de gastos personales se deben realizar en el portal transaccional SRI en línea.

Fuente: Servicio de Rentas Internas