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ya no será necesario presentar cédula y certificado de votación
ya no será necesario presentar cédula y certificado de votación

No se requerirá la presentación de información o documentos de ciudadanos que pueden obtenerse en la base de datos de entidades que conforman el sistema Nacional de Registro de Datos Públicos.

Se prohibe requerir copias de cédula y certificados de votación, salvo que exista una disposición contraria en una ley especial.

decreto ejecutivo no. 85

Fuente: Decreto Ejecutivo No. 85

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