La administración tributaria definió el procedimiento, las modalidades de pago y el formulario que deberán utilizar las sociedades obligadas al pago a cuenta sobre utilidades no distribuidas.
El SRI actualiza las reglas para anular comprobantes electrónicos
La nueva resolución fortalece el control sobre la facturación electrónica, modifica los plazos para anular comprobantes y establece nuevas condiciones para facturas, comprobantes de retención y documentos complementarios.
El Servicio de Rentas Internas (SRI) emitió la Resolución NAC-DGERCGC25-00000014, mediante la cual actualiza el procedimiento para la anulación de comprobantes de venta, comprobantes de retención y documentos complementarios emitidos en modalidad electrónica. La normativa busca fortalecer el control tributario, mejorar la calidad de la información reportada y garantizar una mayor trazabilidad de las operaciones registradas electrónicamente.
Nuevos plazos para la anulación de comprobantes electrónicos
La resolución establece que los comprobantes electrónicos únicamente podrán anularse cuando hayan sido emitidos con errores o cuando la operación que dio origen a su emisión no se haya realizado.
La anulación podrá efectuarse a través de los servicios en línea del SRI hasta el día 10 del mes siguiente al de la emisión del comprobante. Una vez vencido ese plazo, la operación únicamente podrá revertirse mediante la emisión de una nota de crédito, siempre que no hayan transcurrido más de 12 meses desde la fecha de emisión del documento.
Nuevas condiciones para determinados comprobantes
Entre los principales cambios incorporados por la resolución, el SRI dispone que las facturas electrónicas emitidas con la leyenda “Consumidor Final” no podrán ser anuladas ni modificadas mediante notas de crédito una vez transmitidas a la Administración Tributaria.
Asimismo, la anulación de comprobantes de retención, notas de crédito y notas de débito requerirá la aceptación expresa del receptor del documento, quien dispondrá de cinco días hábiles para aceptar o rechazar la solicitud. Si no existe respuesta dentro de ese plazo, la solicitud de anulación quedará sin efecto.
Se fortalecen los mecanismos de control tributario
La resolución también incorpora restricciones para determinadas operaciones con el propósito de fortalecer la integridad de la información tributaria.
Entre ellas se establece que no podrán anularse los comprobantes utilizados como sustento para solicitudes de devolución de impuestos, ni las facturas comerciales negociables que ya hayan sido efectivamente negociadas.
Adicionalmente, cuando un contribuyente requiera anular más de 1.000 comprobantes electrónicos emitidos en un mismo mes, deberá presentar una solicitud específica ante el Servicio de Rentas Internas, conforme al procedimiento establecido en la normativa.
Mayor trazabilidad en la facturación electrónica
Con esta actualización, el SRI fortalece los mecanismos de control sobre la facturación electrónica y promueve una gestión más eficiente de la información tributaria, estableciendo procedimientos más claros para la corrección de operaciones y reduciendo riesgos asociados a anulaciones indebidas de comprobantes.
Las nuevas disposiciones también refuerzan la responsabilidad de los contribuyentes en la validación de la información antes de emitir documentos electrónicos, favoreciendo una mayor transparencia, consistencia y seguridad en los procesos de cumplimiento tributario.
Descargue la Resolución NAC-DGERCGC25-00000014 aquí.
Fuente: Servicio de Rentas Internas



