
Anexo de accionistas, partícipes, socios, miembros de directorio y administradores – APS
Según Resolución NAC-DGERCGC16-00000536 establece las condiciones y plazos para informar la composición y aprobar el Anexo de accionistas, partícipes, socios, miembros de directorio y administradores.
¿Quiénes están obligados a presentarlo?
- Sociedades de conformidad al Art.98 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno.
- Sucursales de sociedades extranjeras residentes en el país
- Establecimientos permanentes de sociedades extranjeras no residentes.
No están obligados a presentar este anexo:
a) Sucesiones indivisas.
b) Instituciones del estado.
c) Empresas públicas reguladas por la Ley de Empresas Públicas.
d) Misiones y Organismos Internacionales reconocidos por el Estado.
e) Organizaciones del sector financiero y no financiero, que se encuentren bajo el régimen de la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria
Información a reportar
El 100% de sus titulares o beneficiarios de derechos representativos de capital, miembros de directorio y administradores del año a reportar.
Fecha de presentación
Este anexo debe ser presentado previo a la declaración de Impuesto a la Renta del mismo ejercicio fiscal en el mes de febrero de cada año, de acuerdo al noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC).

Falta de presentación o presentación incompleta
- La Compañía deberá aplicar 3% adicional a su tarifa de impuesto a la renta correspondiente, para efectos de su declaración de impuesto a la renta.
- Será sancionado conforme la normativa legal vigente referente.
Ante cualquier duda, comunícate con nosotros
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