Actualización de gastos personales permitirá ajustar futuras retenciones de Impuesto a la Renta
Trabajadores podrán revisar cambios en ingresos, cargas familiares y proyecciones durante junio
Los trabajadores bajo relación de dependencia tienen todo el mes de junio para presentar un nuevo formulario de proyección de gastos personales ante sus empleadores, en caso de que hayan registrado variaciones en su salario, cambios en el número de sus cargas familiares o modificaciones en sus previsiones de gastos.
El objetivo es que las empresas realicen la reliquidación correspondiente y recalculen las futuras retenciones mensuales del Impuesto a la Renta del segundo periodo fiscal de 2026, conforme la resolución NAC-DGERCGC23-00000020.
Los contribuyentes pueden proyectar sus gastos personales en los rubros de alimentación, educación, arte y cultura, salud, vestimenta, vivienda y turismo nacional en establecimientos registrados. Entre los gastos considerados se incluyen alimentación y salud de mascotas e intereses por préstamos quirografarios.
En el formulario también se pueden actualizar ingresos como sueldos y beneficios sociales de empleados que no estén vinculados a las actividades económicas del contribuyente.
Número de cargas familiares definirá el límite de rebaja por gastos personales en 2026
Para el año fiscal 2026, la rebaja por gastos personales será del 18%, aplicada sobre el menor valor entre los gastos declarados y el valor de la canasta básica de enero de 2026, fijada en USD 821,80, monto que varía según el número de cargas familiares, de acuerdo con el siguiente esquema:
| Cargas familiares | Número de canastas familiares básicas (n) | Límite máximo gastos personales CFB x n (USD) | Límite máximo rebaja GP x 18% (USD) |
| 0 | 7 | 5.752,60 | 1.035,47 |
| 1 | 9 | 7.396,20 | 1.331,32 |
| 2 | 11 | 9.039,80 | 1.627,16 |
| 3 | 14 | 11.505,20 | 2.070,94 |
| 4 | 17 | 13.970,60 | 2.514,71 |
| 5 o más | 20 | 16.436,00 | 2.958,48 |
| Personas con enfermedades catastróficas, raras y/o huérfanas | 100 | 82.180,00 | 14.792,40 |
Si el contribuyente o sus cargas familiares tienen discapacidad o enfermedades catastróficas, raras o huérfanas, la rebaja por gastos personales será del 18%, calculada sobre el menor valor entre los gastos declarados y la canasta básica familiar multiplicada por 100. En Galápagos, el cálculo se ajustará con el Índice de Precios al Consumidor Especial (IPCEG) de 1,803.
SRI actualiza montos máximos para la rebaja tributaria por gastos personales
El formulario de proyección de gastos personales para el período fiscal 2026 se encuentra disponible en https://www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos.
Fuente: Servicio de Rentas Internas



