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Actualiza tu RUC si aplicas como sujeto obligado a informar a la UAFE

El Servicio de Rentas Internas (SRI) ha reformado el certificado del Registro Único de Contribuyentes (RUC) para incorporar un campo específico que indica si una persona natural o jurídica es considerada sujeto obligado a reportar ante la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE). Esta actualización, establecida en la Resolución NAC-DGERCGC25-00000018, tiene implicaciones directas para contribuyentes que realicen actividades económicas sensibles en materia de prevención de lavado de activos.

Registro obligatorio en 30 días

Si tu empresa o actividad está dentro del listado de actividades económicas vinculadas al control financiero, debes obtener el Código de Registro UAFE en un plazo no mayor a 30 días desde la actualización o inscripción del RUC. Este proceso se realiza a través de la plataforma del SRI.

La inobservancia de esta obligación puede acarrear sanciones administrativas e incluso la suspensión automática del RUC por parte de la autoridad tributaria.

¿Quiénes son considerados sujetos obligados?

Además del sistema financiero, la ley también incluye como sujetos obligados a profesionales y empresas en sectores estratégicos, tales como:

  • Comercialización de vehículos, joyas, inmuebles, obras de arte.
  • Agencias de turismo, casas de empeño, factoring, promotores artísticos.
  • Abogados, contadores, notarios, registradores de propiedad.
  • Clubes deportivos profesionales (series A y B).
  • Partidos políticos, OSFL, operadores de encomiendas.
  • Servidores públicos de alto rango (jueces, fiscales, directores penitenciarios, etc.).
Los sujetos obligados deben entregar tres tipos de reportes ante la UAFE:
Tipo de reporteQué informaPlazo de entrega
RESU (Operaciones / Transacciones Iguales o Superiores al umbral)Operaciones individualmente mayores a USD 10.000 o múltiples en 30 días Dentro de 15 días posteriores al fin de mes 
ROS (Operaciones Sospechosas)Transacciones que no concuerdan con el perfil financiero del cliente En 4 días desde que el oficial de cumplimiento detecta la operación 
RIA (Información Adicional)Datos que la UAFE solicita además de los anterioresDentro de 5 días tras la solicitud, prorrogable 3 días adicionales 
Impactos y riesgos clave
  • Suspensión o bloqueo del RUC: Si no se obtiene el código dentro del plazo establecido, se corre el riesgo de que las operaciones de la empresa queden paralizadas legalmente. 
  • Exposición legal y sanciones: No entregar los reportes o incumplir plazos puede acarrear multas y sanciones previstas en la normativa de lavado de activos. 
  • Visibilidad para terceros: La incorporación de la condición UAFE en el certificado del RUC permite que bancos, clientes y entidades de control identifiquen si una empresa debe cumplir esos reportes. 
  • Mayor responsabilidad interna: Las organizaciones deberán contar con oficiales de cumplimiento, manuales y procedimientos documentados. 
Recomendaciones para estar al día
  • Verifica las actividades registradas en tu RUC y ajusta aquellas que no realizas con el fin de evitar clasificaciones indebidas como sujeto obligado. 
  • Si eres sujeto obligado, solicita tu Código UAFE dentro de los 30 días hábiles y carga el certificado de cumplimiento ante el SRI si es necesario.
  • Establece controles internos sólidos, manuales de prevención y designa un oficial de cumplimiento.
  • Revisa y entrega tus reportes RESU, ROS y RIA en los plazos legales.
  • Mantente atento a las actualizaciones normativas y notificaciones de la UAFE.

Fuente: IFRS (Normas Internacionales de Información Financiera)

 

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